Los alumnos con un plan personalizado deben poder graduarse de la ESO, independientemente de la intensidad del apoyo que reciban y de si sus objetivos de aprendizaje se aproximan más o menos a los estándares. Así lo pide el Síndic de Greuges en una resolución dirigida al Ministerio de Educación, que a su vez confirma que esa es la idea y la voluntad. Pero la realidad es otra: muchos no lo hacen porque los centros entienden que no están llegando al “nivel mínimo” o por condiciones en caminos posteriores.
El diploma de ESO es el primer gran reconocimiento que todo alumno suele recibir a los dieciséis años, tras diez años de escolarización obligatoria y alguna que otra no obligatoria. Algunos estudiantes no se gradúan porque no aprueban. Y hay otros que ni siquiera lo aprueban. Este es el caso, de nuevo, de una gran parte de los alumnos con discapacidad intelectual (NESE A), que realizan todo el ciclo formativo obligatorio con adaptaciones, y con objetivos de aprendizaje personalizados, y que al finalizar las prácticas son juzgados por la norma criterios, y por lo tanto no alcanzan el nivel. O que les condiciona una normativa que, paradójicamente, les condena a la suspensión para seguir entrenando.
“¿Dónde se ha visto que, después de todo el esfuerzo que han hecho, han completado la etapa formativa más importante de su vida sin ningún reconocimiento? ¿Cómo le dices a un alumno que ha hecho todo lo que le dijeron que hiciera, y que lo hizo bien, que al final no vale nada y que te vas sin nada, mientras todos tus compañeros se sacan un título? ¿Cómo te puede perjudicar obtener un título y por qué no lo otorgas no será en tu detrimento? ”Estas preguntas las hace Montse Tarridas, vicepresidenta deAsociación para la defensa de los derechos de las personas con discapacidad intelectual y del desarrollo (LADD), organismo que ha presentado su queja al Síndic de Greuges después de años en los que ha pedido sin éxito una solución a las administraciones implicadas, en particular al Departamento de Educación, pero no solo.
El problema tiene mucho que ver con lo que sucede a continuación. Las instituciones aconsejan suspender a los alumnos con NESE A porque los ciclos formativos de grado medio, a los que podrían acceder con el graduado, no suelen hacer ajustes. Con eso, solo tienen itinerarios PFI adaptados o programas de transición para adultos en centros de educación especial, a los que solo se puede acceder sin el egresado. Este problema se solucionó hace unos años a mediados, con la creación del IFE (Itinerarios Específicos de Formación), una formación profesional básica de cuatro años a la que se puede acceder con y sin titulación de ESO, y al grupo de las madres se ha sumado Tarridas. quien más impulsó (a través de los medios de comunicación y decenas de reuniones con grupos parlamentarios) para que la Ley de FP (2015) regulara esta formación. Pero luego la administración otorgaba más puntos para el acceso a los que no tenían titulación, “con lo que estamos igualados: ante la fuerte demanda, si quieres ir a un Ife tienes que suspender la ESO”.
Catalán y suerte
Hay una derivada “particularmente discriminatoria”, dice Tarridas, que tiene que ver con el reconocimiento del catalán, y por tanto con la política lingüística (Departamento de Cultura). Todos los alumnos que superan la ESO obtienen automáticamente el certificado B2 de catalán. En el caso de los alumnos con discapacidad sin titulación de ESO, no tienen un B2 de catalán, al margen de la nota obtenida en esta materia. Lo que pasa a continuación es que en cualquier proceso de oposición de una administración pública en Cataluña se exige como mínimo el B2, incluso los realizados por el colectivo de personas con discapacidad intelectual. Y Política Lingüística no realiza convocatorias adaptadas a personas con discapacidad intelectual, ni prevé, por ejemplo, que un alumno con un título del IFE obtenga también el B2. Pero en relación a los recursos del Estado, la discriminación es aún más evidente. Los estudiantes españoles con discapacidad intelectual que sigan procesos de oposición en una administración pública no tienen que demostrar ningún dominio del idioma español, ya que siendo ciudadanos españoles ya deberían tenerlo.
Hay todavía otro aspecto discriminatorio, que es quizás el más dañino. Porque la suerte o la desgracia en toda familia suele estar involucrada en la obtención de un título, por muy empático que sea el director o el inspector que se cruza en el camino del niño. Es decir, hay alumnos con discapacidad intelectual que se gradúan en la ESO. “Les suspenden de una asignatura para que puedan acceder al itinerario que quieren, y cuando están dentro les hacen una recuperación fingida y así les sale el título”, explica Montse Tarridas. No tienen más méritos ni tienen más habilidades que los demás. Simplemente tuvieron más suerte. «Este problema es demasiado grave y afecta el futuro de nuestros niños. Esperamos la suerte o la buena voluntad del director o inspector, ¿qué igualdad de oportunidades es esta?», pregunta el vicepresidente de la LADD.
La resolución del Síndic de Greuges de Cataluña
En enero de 2020, la LADD presentó tres cartas de registro ante los Ministerios de Educación, Cultura y Trabajo (como el Ministerio que había llamado oposiciones que no tenían en cuenta todos estos temas) para exponer el problema y pedirle a su líder (Bargalló, El Homrani , Ponsa) un encuentro para explorar soluciones. No han recibido respuesta. Casi dos años después, en diciembre de 2021, se volvió a ingresar la misma letra para su registro en los mismos diferentes departamentos y titulares (Cambray, Torrent, Garriga). Tampoco hay respuesta. Y finalmente la LADD recurrió al Síndic de Greuges, que acabó dándoles el derecho.
En una larga resolución hecha pública hace unas semanas, el Síndic de Greuges analiza todos los derechos que intervienen en esta materia, así como la normativa (desde las Convenciones de la ONU sobre los derechos del niño y de las personas con discapacidad, hasta la LOMLOE, la LEC y el decreto escolar inclusive) y concluye pidiendo al Departamento de Educación que garantice «la consecución del título de ESO de los alumnos con necesidades educativas especiales en base a los criterios de evaluación establecidos en su plan de apoyo individualizado, de acuerdo con la formación camino seguido por los alumnos». «No basta», dice el Síndic de Greuges, «con denegar el título de ESO por no haber alcanzado las competencias básicas establecidas con carácter general para las prácticas (…), ya que cualquier estudiante debe ser capaz de aprobar la educación básica «. proceso educativo de acuerdo a sus necesidades».
Nada ha cambiado en un año.
La cuestión, de hecho, parecía resuelta con el beneplácito de LOMLOE. En marzo de 2021 este periódico publicaba una noticia con este título: Los alumnos con discapacidad intelectual podrán graduarse de la ESO (de hecho, es posible que ya lo hagan). La LOMLOE, aprobada hace dos meses, dejaba claro que los ajustes curriculares no deben ser un obstáculo para la graduación o graduación de un estudiante. En ese momento, este periódico habló con la entonces directora general de Currículum y Personalización, Maite Aymerich, quien confirmó que ese era el espíritu de la norma también en Cataluña. “Nuestro sistema educativo se rige por normas bastante flexibles y abiertas que tienen como objetivo promover el éxito educativo de todos los estudiantes, adaptándose a las diferentes necesidades de los estudiantes”, dijo Aymerich, según la cual se tenía previsto revisar la legislación de manera que el el hecho de obtener el diploma de educación secundaria no limita el acceso al PFI”.
Por el momento, sin embargo, se mantienen las reglas de acceso a PFI e IFE, las cuales deberán suspenderse enérgicamente en el primer caso y para poder concursar en el segundo. Y la práctica y apariencia de algunos equipos de evaluación y algunos inspectores sigue siendo la misma: no tienes las habilidades básicas, no puedes graduarte. Así lo explicaba recientemente en un caso particular un inspector a una familia que también reclama el título de ESO para su hijo a través del Síndic de Greuges:
“La IP del alumno XXX y los documentos de evaluación muestran que al finalizar el curso 2017-18 estaba en curso la consecución de sus competencias en el ciclo medio de educación primaria recogidas en el Decreto 119/2015. (…) De acuerdo con la legislación vigente, la consecución de las competencias de prácticas en ESO es requisito indispensable para la obtención del título de Grado en Educación Secundaria Obligatoria. (…) Artículo 16.2. de la Ordenanza ENS/108/2018, de 4 de julio, por la que se determinan las modalidades, los actos y los requisitos formales del proceso de evaluación en la educación secundaria obligatoria, establece que “se considera que un alumno ha superado la etapa cuando ha alcanzado las competencias de las áreas vinculadas a las asignaturas y las de las áreas transversales”
En otras palabras, este estudiante no tiene el nivel. “Una cosa es el visto bueno y otra el título”, dijo el inspector a la familia cuando lo recibió para hablar del caso.
En su resolución, el Síndic de Greuges lo ve de manera muy diferente: “El sistema educativo no puede considerarse plenamente inclusivo si establece niveles de aprendizaje más allá de la educación básica que potencialmente no se pueden adquirir, con las adaptaciones correspondientes, para cualquier alumno, sean cuales sean sus condiciones . Es decir, cada alumno debe poder graduarse en la ESO, con las adaptaciones y apoyos necesarios, y la no titulación debe estar motivada en base a los criterios que se establezcan en cada momento, según sus necesidades formativas y con el logro de los objetivos fijados para el caso”.
Estudiantes de CEE que se gradúan
Entrevistadas por este periódico, fuentes del Ministerio de Educación afirman que el espíritu sigue siendo el mismo expresado por el ex director general. Según estas fuentes, las instrucciones para el inicio del curso 2022/23 establecerán que los criterios establecidos en el plan individual del alumno deberán tomarse como referencia para la expedición del título de ESO y que «derivar podrá ser un obstáculo para su logro». Estas fuentes coinciden, no obstante, en que los equipos de evaluación que decidan de forma colectiva la asignación o no del egresado pueden tener en cuenta otros factores, además de superar los objetivos de evaluación, “como la madurez personal o la posibilidad de progresar en cursos de formación posteriores”. . Aquí es donde la criatura llora.
Estas fuentes también aportan datos interesantes, que refuerzan la impresión de arbitrariedad del sistema. En 2020 se han graduado en la ESO un total de 40 alumnos de centros de educación especial (CEE). Y en 2021 fueron 30. Los TEE son uno de los apoyos intensivos previstos por el decreto 150/2017, de la escuela inclusiva, incluso más que el SIEI, que son los apoyos, incluso intensivos, que existen en los centros ordinarios para alumnos con NESE A Difícil de entender, por tanto, cómo los alumnos con apoyo EEC consiguen el título y los alumnos con apoyo SIEI no, habiendo aprobado todo.
El concepto está claro, está recogido en una ley orgánica, en una resolución del Síndic de Greuges y ahora parece que estará en unas instrucciones del Departamento. Pero la inercia no se detiene de la noche a la mañana. Además, los derechos que hasta ahora no han sido respetados siguen siendo reparados. “Tenemos toda una generación de alumnos que han superado la ESO con adaptaciones y que no tienen titulación”, recuerda Tarridas, “alumnos que aún no están en el mercado laboral y que se ven perjudicados y discriminados por la lentitud de las administraciones”. se trata de respetar tus derechos. ¿Qué pasa con toda esta generación a la que se le ha negado la ESO pero sigue haciendo exámenes de catalán? ¿Qué pasa con los que no tienen la ESO porque la forma de ayudarlos a corto plazo era perjudicarlos a medio y largo plazo? ¿haremos algo con ellos?»
Article de Víctor Saura. Periodista i professor d'història. Director del Diari de l'Educació i director adjunt de la Fundació Periodisme Plural. Autor de 'La Catalunya més fosca' (Ed. Base). Publicat al Diari de l’Educació